De “como un golpe” a “un comogolpe” (de Estado)

Perdónenme esta pequeña digresión inicial: en el código civil hay una figura enigmática que se llama el "cuasicontrato". Su proceso de formación es interesante: se trataba de figuras que generaban consecuencias parecidas a las de algún contrato, pero sin que hubiera contrato: así, quien por su cuenta y sin encargo se encargaba de los asuntos de otro: no había contrato de mandato, pero quedaba obligado de modo parecido a un mandatario. En los textos romanos se aludía a las obligaciones "quasi ex contractu" ('como de un contrato'), pero los glosadores, con su afán sistematizador, pasaron a hablar de obligaciones "ex quasicontractu", creando una categoría sustantivizada (el cuasicontrato) que nadie sabe bien en qué consiste y cómo definirla.

Lo de octubre de 2017 en Cataluña fue "algo parecido a un golpe" y a una rebelión, porque fuera de los cauces constitucionales (o más exactamente, a falta de tales cauces) se aspiró, desde luego sin resultado, a conseguir una derogación de la constitución en el territorio de Cataluña. Lo hicieron sin violencia, salvo que banalizáramos tanto el término "violencia" que acabase identificándose con la ilegalidad misma, o con el apoyo pacífico de "masas", como si  muchos comportamientos pacíficos juntos y coordinados pudieran generar una violencia colectiva. Se organizó una jornada de "presión popular" desde luego no espontánea, sino muy bien pensada, consistente en celebrar una votación prohibida que suministrara un argumento político (desde luego, no jurídico) para avanzar en el objetivo de la independencia. Esa presión consistió en barreras humanas para proteger algunos colegios electorales, las urnas y las papeletas, de la acción de las fuerzas policiales para incautarlas por orden judicial. En muchos colegios electorales no hizo falta ninguna barrera, pero en algunos la policía intervino con desmesura, sin cuidar los límites que se expresaron en la misma orden judicial, y se produjeron escenas difíciles de olvidar, además de provocarse una más masiva aun afluencia a las urnas de gentes que no tenían pensado acudir. A esas barreras humanas del 1-O se les ha considerado por algunos "violencia". No lo son en mi opinión, porque más bien se trató del ejercicio del derecho de manifestación (pacífica), pero aún aceptando que así fuera, se trataría de una violencia (en forma de "resistencia pasiva organizada") dirigida a la celebración de la votación ilegal, lo cual de ninguna manera puede concebirse como rebelión según los términos del código penal. En cambio, la posterior declaración "cuasiparlamentaria" de independencia consistió en un discurso parlamentario, en la firma de un documento "periparlamentario" (en los alrededores del parlamento) y en el inmediato sometimiento de las autoridades a la decisión del Estado de suspender las instituciones de autogobierno, abandonando físicamente las dependencias, acudiendo a declarar tras los llamamientos judiciales, o exiliándose, y nada más. Es decir, no hubo ni siquiera "resistencia pacífica" a la inmediata reinstauración del orden constitucional que vino de la mano del a mi juicio inevitable uso del mecanismo del artículo 155.

Algo parecido a un golpe. Pero no un golpe. Simbólicamente una rebelión, pero no una rebelión.

Pero del "como un golpe" se pasó al "comogolpe". Dieron un "comogolpe". Y se les trata como golpistas: en su traducción jurídica, se les acusa de rebelión, con las mismas penas que si hubiesen tomado las armas con disposición de usarlas para conseguir el objetivo.

Aitor Esteban, en una brillante intervención parlamentaria, ha pedido que se deje ya de hablar de golpe de Estado, porque en Cataluña no lo hubo. Ha rogado que no se banalice esa palabra. Ha protestado porque por algunos se identificase a Junqueras con Tejero. Equipararlos es renunciar voluntariamente a distinguirlos. Es hacer trampas, como las hicieron quienes pasaron del "quasi ex contractu" al "cuasicontrato" para aplicar más o menos el régimen propio del contrato, aunque no haya contrato. Para tratar como golpista a quien no ha dado un golpe. Para acusar de violencia a quien ha cometido sin violencia la "violencia" de aprobar leyes deliberadamente inconstitucionales.  La "comoviolencia" no es penalmente violencia. En Derecho penal las cosas son, o no son, y no puede hacerse igual en contra del reo lo que es distinto. Y naturalmente esta es una opinión personal.

6 Respuestas

  1. No creo que haga falta darle más vueltas al asunto: lo que es, si es que lo es, ‘casi-algo’ no es, por definición, ‘algo’; será otra cosa, pero no ‘algo’. Pero, en fin, supongo que los propaladores del mantra ‘golpe’, con corrimiento semántico, lo que quieren es meter ruido y a ver si hay muchos, que me temo que sí, que pican.

  2. Naturalmente, respeto tu opinión, Miguel, pero la mia coincide con la expresada por el Juez Llarena en su auto de procesamiento, en lo relativo a la existencia o no de “violencia”. Está probado que los estrategas le dijeron a los políticos, por escrito, que el golpe precisaba de una ciudadanía movilizada en la calle , como “poderío de masa” intimidatoria , para el supuesto de que Madrid no aceptara de buen grado el golpe jurídico de absoluta violación constitucional y desconexión legal.

    Ningún Juez, y menos el Tribunal Supremo de ningún pais, puede apurar su argumentación penal hasta el punto de llamar literalmente imbécil o majadero a ningún delincuente. En este caso, el argumentario catalán de que “la democracia está por encima de la ley”, unido a la utilización de la masa ciudadana como coacción al Estado para conseguir fines secesionistas, merece la calificación jurídica de rebelión , y la extrajudicial de estupidez temeraria alentada por corruptos del tres per cent.

    Pero a mi no me preocupa un cosa llamada Torra o Puigdemont. Lo que me preocupa es como la derecha capitalista maneja este pais. Está y ha estado absolutamente callada en Cataluña mientras un padre de la patria Pujol sangraba corruptamente a su célebre sociedad culta y trabajadora. Pusieron a un pamplina como Zapatero para manejar el Banco de España, sangrar las Cajas de Ahorro públicas y prevaricar con el urbanismo. Luego pusieron a Rajoy para que les arreglara lo de la quiebra de Lemann Brothers y echarle la culpa de los recortes. Y ahora han puesto a un payaso de variedades llamado Sánchez para que distraiga a la gente con sus contradicciones y sus 64 ministras mientras le deja al capital que explote nuevos sectores de producción en negro o con IVA reducido, porque el urbanismo está quemado: artículos de higiene femenina, parafarmacia, robótica, aceite de oliva virgen y tocino de cielo.

    Pero lo que me saca ya de mis casillas es la marrullería que se está montando sobre el famoso derecho de opinión o de expresión y, por tanto, mejor que me calle, porque como me oiga la derecha pringosa de La Sexta, me sacrifica.

  3. ¡ La batamanta, señores, la batamanta ¡ No conocía este ingenioso descubrimiento, que consiste en una bata hasta los pies confeccionada con tejido de manta, no manta de mantero carmenero, sino manta castellana para cubrirte del frio con elegancia, a la vez que apagas el brasero y reduces el consumo eléctrico. Grandes empresas se van a ir de España porque la luz está muy cara, pero tu no tienes asesores áulicos ni puedes irte de España ni cambiar de sede, sólo puedes acudir a la batamentación como derecho humano , o a tu derecho a pedirle a Puigdemont que apoye a Podemos en una propuesta de nacionalización de la energía eléctrica o, en su defecto, en una nacionalización de la batamanta, que se entregará gratis en la sede de los partidos políticos o en las plazas de toros. Eso es democracia , a ver si nos enteramos ya de una puñetera vez.

    Además, hace falta una estrategia diseñada de crispación. La crispación te calienta el cuerpo y la mente, de manera que al calor batamantero se une el calor corporal y así podrás sobrellevar el frio, la frigidez, la fritura demagógica, frigilandia en definitiva.

    De manera que a trabajar, crispatienses: que dimitan doce ministras, dos por semana y por asuntos premorales básicos; que Sánchez viaje a China en un Falcon-apartamento del Estado y se haga pis en la Muralla China; que Iglesias entierre a Franco en el jardin de su convento hipotecado; que Casado desista de su cargo y se inmatricule de nuevo en la EGB; que Rajoy invite a Susana Diaz a ser bombera-torera en igualdad me-too y que, finalmente, se le imponga una multa de cien mil euros a todo aquél que diga que “La familia de Pascual Duarte” es un gran libro.

    ¡ Crispación ciudadanos/as ¡ ¡ No leais el argumentario del recibo de la luz ¡

  4. D.

    Comprendo sus dudas acerca del requisito de la violencia en el delito de rebelión, y me parece sugestiva la ilustración con la figura de los cuasicontratos (que iban acompañados de los cuasidelitos, por cierto), aunque tal vez sólo los buenos conocedores del Derecho Civil sepan apreciarlo. Sin embargo, ya que habla de trampas, hay otras trampas dialécticas en las que no se debe caer:
    1. Está bien denunciar la banalización del concepto de violencia, pero esto no es nada nuevo. ¿No se dice en otros ámbitos que unas palabras, un gesto, incluso una mirada, es violencia? Y desde luego, no banalicemos tampoco el concepto de “pacífico”. (Pacífico: Tranquilo, sosegado, que no provoca luchas o discordias.) Ni violento es sinónimo de no pacífico, ni pacífico es sinónimo de no violento. Increpar, insultar, empujar o interponerse hasta el punto de requerir un empujón para pasar (que es lo que hicieron esas barreras humanas) no será violento, pero pacífico tampoco. Por cierto, ¿no son estas conductas un delito del artículo 556 del Código Penal?
    2. Justificar los actos de las barreras humanas con el derecho de manifestación (¡pacífica!) es cuestionable, como si este derecho fundamental lo permitiera todo. ¿Sostiene usted que el ejercicio legítimo del derecho de manifestación permite cometer impunemente delitos contra el orden público? Creo que algo así se planteó en el famoso caso del asedio al Parlament. ¿Sigue usted la línea de la Audiencia Nacional, que absolvió a los acusados –sentencia luego revocada por el Supremo–?
    3. Afirmar que la policía intervino con desmesura, y ello provocó “una más masiva aún afluencia a las urnas de gentes que no tenían pensado acudir”, aparte de discutible (sin entrar en el problema del recuento y el censo, ¿una participación del 43,03% puede calificarse de masiva?), es caer en la pura anécdota. Hay muchas otras anécdotas de aquel día (hubo algunos policías atendidos por lesiones, votantes no censados o que votaron varias veces, etc.) de las que no creo que podamos sacar ninguna conclusión relevante.
    4. En fin, aunque la rebelión se lleva todos los titulares, no se trata sólo de eso. ¿Hubo sedición, desobediencia, malversación? (Con malversación no me refiero a quién pagó las urnas o las papeletas, sino al uso de medios públicos para una votación prohibida por orden judicial.) De esto también habría mucho que hablar.

    • – A efectos del lenguaje común, tiene toda la razón en que pacífico no equivale a no-violento. A efectos penales, que es de lo que trataba, lo importante es si los hechos encajan en un término que no debe expandirse hasta banalizarse. Hay violencia verbal, psíquica, incluso violencia meteorológica, pero hay una clase especialmente vituperable de violencia que es la que merece el mayor reproche penal.
      – En una manifestación puede haber altercados, daños, lesiones y coacciones que pueden constituir delito. El problema es quién responde penalmente de esos delitos. Si haces responsable al que convoca, pese a que el convocante de manera creíble ha pedido evitar a toda costa esos comportamientos, sin duda estás hiriendo de muerte el derecho de manifestación: ¿quién se atrevería entonces a convocar una protesta en una situación de intereses sensibles? Es como si castigas al jugador de fútbol por marcar el gol decisivo cuando estadísticamente es muy probable que ese gol va a producir altercados a la salida del estadio.

      – La participación en el referéndum a todas luces ilegal del 1-O sí´fue masiva. Eso no significa mayoritaria. Significa que acudieron en masa. Lo que para mí no se trata de una votación, sino de una manifestación (expresada a modo de voto, igual que si se hubiese expresado a mano alzada en medio de las plazas). El Gobierno hizo muy bien en reaccionar rápido y llevar al TC la convocatoria. También en neutralizar los instrumentos informáticos, etc. Ahí debió haberse quedado. Se equivocó a todas luces quien intentó evitar esas “votaciones” (entre comillas) con fuerzas policiales.

      – Yo pienso que hubo desobediencia, que hubo prevaricación, y muy probablemente malversación. En varios artículos he defendido que no hay sedición.

      Gracias por su comentario.

      • Artículo 544

        Son reos de sedición los (INDEPENDENTISTAS) que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza (APRETÁNDOSE Y NO DEJANDO PASO) o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad (LA POLICÍA), corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
        ASÍ LO VEO YO. SUS SEÑORÍAS ME ESCLAREZCAN, ME ILUSTREN Y ME HAGAN RAZONAR.

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