[ArtÃculo publicado en la revista CTXT el 25/05/2016, puedes leerlo en su formato original aquÃ.]
Los viajes de ida y vuelta a Venezuela en este periodo electoral se habrán de cambiar pronto por viajes a Bruselas, donde nos están esperando para asuntos difÃciles
"Venezuela es una calle de Cádiz, donde acaban de desahuciar a una familia", fue la inteligente respuesta que alguien dio, hace unos meses, a la pregunta de qué le parecÃa lo que estaba pasando en Venezuela. Estuvo bien, para marcar discurso: tanto énfasis en la información sobre Venezuela es desproporcionado y parece legÃtimo pensar que responde principalmente al hecho de que destacados lÃderes de Podemos colaboraron con el régimen bolivariano y probablemente obtuvieron fondos para proyectos que finalmente incubaron la formación del partido: Venezuela es incómoda para la expansión electoral de Podemos entre zonas templadas del tablero polÃtico a las que aspira para consolidar su fuerza electoral, y esa es la razón por la que "nos importa tanto", mucho más que Brasil o Marruecos.  Lo cierto es que los viajes de ida y vuelta a Venezuela en este periodo electoral se habrán de cambiar pronto por viajes a Bruselas, donde nos están esperando para asuntos difÃciles que tienen mucho más que ver con nuestro futuro que una fantasmal bolivarización de España.
Pero "Venezuela", es verdad, apunta a debates significativos, aunque sólo sea porque al hilo de las informaciones sobre ese paÃs y de viajes de escaparate como el de Rivera se dicen muchas cosas y fuerzan a ciertos posicionamientos que no deberÃan ceñirse al caso venezolano, por comportar cuestiones de principio. Una de ellas es la relativa a los mecanismos, desde el poder, de represión de la disidencia, y la utilización del Derecho Penal frente a conductas que persiguen objetivos polÃticos o ideológicos. Algo que no sólo interesa allende los mares.
La sentencia
Para formarme mi propio criterio, decidà buscar en Google la sentencia por la que se le condenó a 13 años de prisión al opositor Leopoldo López. Es una sentencia de cerca de 300 folios en la que se transcriben literalmente las intervenciones de todos los acusados, testigos y abogados, y la motivación jurÃdica del fallo. Mi conclusión, tras una lectura atenta aunque no exhaustiva, es que Leopoldo López es un preso polÃtico, y me interesa explicar por qué lo pienso asÃ, entre otras cosas porque reflexionar sobre estas razones puede abrir algún debate interesante que va mucho más allá de las cansinas fobias y filias al régimen venezolano, que es donde más cómodamente se suelen situar las informaciones sobre este asunto.
No basta para excluir esa calificación ("preso polÃtico") el que la condena venga impuesta por una sentencia dictada tras un proceso en el que se hayan respetado las garantÃas de defensa y se haya aplicado el orden legal vigente. Casi todos los presos polÃticos que en el mundo han sido fueron condenados por sentencias aparentemente regulares y conformes a la ley vigente, y revestidas por la autoridad de un órgano judicial competente: en otro caso no serÃan presos, sino por lo general muertos o desaparecidos. Es importante tener claro que la condición de "preso polÃtico" se atribuye o no por razones no estrictamente jurÃdicas o procesales: depende, sobre todo, de un juicio personal sobre si se ha tratado de una condena influida desde el poder y dictada por motivos predominantemente polÃticos, aunque vengan revestidos de muchos números del Código Penal. Eso significa que tildar a alguien de preso polÃtico no es una simple constatación, sino una opinión sujeta a discusión. Intentaré justificar mi opinión.
El principal argumento de la sentencia que lo condenó es este:
"Claramente se determina que el ciudadano Leopoldo López no utilizó los medios apropiados establecidos en la Constitución para que sus demandas [polÃticas] fueran atendidas, sino que utilizó el arte de la palabra, para hacer creer en sus seguidores que existÃa una supuesta salida constitucional cuando no estaban dadas las condiciones que pretendÃa (la dimisión del Presidente de la República), porque el referéndum revocatorio sólo podrÃa estar previsto para el año 2016. Su propósito, a pesar de los llamados a la paz y a la tranquilidad, como lÃder polÃtico era la salida del actual gobierno a través de los llamados a la calle, la desobediencia de la ley y el desconocimiento de los poderes públicos del Estado, todos legÃtimamente constituidos" (.../...) Por su condición de lÃder polÃtico, López "envió un mensaje no adecuado a sus seguidores, quienes en su mayorÃa eran jóvenes, llamándolos a la calle a una supuesta salida constitucional y democrática, cuando debió haberlo hecho a través de la vÃa constitucional, activando estos mecanismos".
Y asÃ, como desde su liderazgo social y polÃtico instigó a las masas (¡predominantemente jóvenes!) a salir a la calle en vez de activar los mecanismos constitucionales, y como estuvo fÃsicamente presente en las manifestaciones que causaron incendios, destrozos, alteración del orden y tumultos y algún muerto (en el enfrentamiento con la policÃa), se le acusa como autor de un delito de "instigación", que se define asà en el art. 285 del código penal venezolano: "Quien instigare a la desobediencia de las leyes o al odio entre sus habitantes o hiciere apologÃa de hechos que la ley prevé como delitos, de modo que ponga en peligro la tranquilidad pública, será castigado con prisión de tres a seis años". También se le condena como inductor de delitos de incendio y de daños, y como autor del delito de asociación para delinquir. 13 años de prisión.
Una condena injusta
Habrán advertido que el artÃculo y los delitos en que se basa la condena encontrarÃan correspondencias en el Derecho español, y que en general no consideramos presos polÃticos a quienes han sido condenados en España por algún delito similar, fundamentalmente porque España es un Estado democrático, condición que a priori, por razones que no están claras, se suele negar a Venezuela pese a que sus autoridades polÃticas son nombradas por elecciones generales y están sometidas a una norma suprema constitucional aprobada también por votación popular. Pero lo decisivo no es el texto que define el delito, sino la argumentación por virtud de la cual se considera la conducta de López subsumida en tales delitos: haber convocado una manifestación de la que cabrÃa esperar la eventual producción de altercados (a veces intensificados por la policÃa, o provocados por grupos oportunistas), en vez de acudir a los mecanismos constitucionales previstos para conseguir los objetivos pretendidos.
Lo que me interesa no es, ahora, destacar que algunos tipos delictivos de nuestro Derecho Penal y algunas infracciones de la Ley de Seguridad Ciudadana podrÃan generar condenas similares, por más que resulta tentador hacerlo. De lo que ahora se trata es de concluir que, como de ninguna manera puede considerarse que un llamamiento contra un Gobierno constitucional al margen de los mecanismos constitucionales pueda ser considerado en sà mismo un delito, Leopoldo López es, para mÃ, un preso polÃtico, injustamente condenado por razones que tienen que ver con la lucha por el poder burdamente revestidas de argumentos jurÃdicos.
La delgada lÃnea entre el preso polÃtico y el delincuente
Queda claro, sin embargo, que la condición de preso polÃtico no depende de razones jurÃdicas, sino de una valoración global sobre la ley aplicada y los razonamientos del tribunal. La lucha contra la prisión por motivos polÃticos debe ser ambiciosa, y no detenerse ante excusas formales. Esto lo digo porque tengo la impresión de que si Leopoldo López fuese un radical de izquierdas combatiente de un Gobierno autoritario (no digo dictatorial) o, por ejemplo, corrupto de derechas, muchos de los que ahora lo consideran (con razón) preso polÃtico, se dejarÃan llevar (injustamente) por otros apelativos, como, por ejemplo, terrorista (aunque no haya realizado ni provocado directamente ningún acto violento), apologeta del terrorismo, o, como mÃnimo inductor de desórdenes públicos, y no pocos de los que ahora se desentienden de la situación personal de López harÃan campañas a su favor. No quiero poner ejemplos cercanos, para no enredar esta reflexión: Viriato fue, al mismo tiempo, un héroe lusitano y un terrorista para los romanos. "Preso polÃtico" y "terrorista" o "subversivo", o "golpista" son expresiones alarmantemente fungibles y relativas según la ideologÃa de quien habla. Hay que tener cuidado con tales expresiones, como también hay que tenerlo con  algunos tipos penales redactados en el Código Penal de manera tal que no impiden una utilización polÃtica de los mismos, según la ideologÃa y/o la permeabilidad del juzgador. Los carga el diablo, y no es imposible que los dispare un Juez.
La condena a trece años de prisión de Leopoldo López es injusta. Ese hombre merece solidaridad, por encima del hecho de que grandes corporaciones mediáticas estén enarbolando su caso para atosigar al régimen que sostiene a Maduro, con intereses que no son, sin más, la defensa de la democracia; pero, por razón simétrica, tampoco la ideologÃa derechista de López puede ser excusa para negarle apoyo. Lo podrÃa decir también de otro modo: quienes no queremos, en ninguna parte, la criminalización de la disidencia polÃtica ni la utilización de armas legales ventajistas contra quienes no encuentran cauces constitucionales y democráticos abiertos y eficaces para la defensa de sus tesis polÃticas, deberÃamos ponernos del lado del preso, y no de quienes propiciaron su encarcelamiento.
by anonimo
by ARAMIS
by Bartolomé Rivas Castro